Articulo 2 Presupuestos 2014 Canarias

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Artículo 2. - De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.

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1. Para la ejecución de los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados 1, 2 y 3 del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 9.327.755.271 euros, de los cuales 2.609.593.321 euros corresponden a transferencias internas entre los citados entes, según la distribución por secciones, programas y capítulos detallada en el anexo 3 de esta ley. La agrupación por funciones de estos créditos, expresados en euros, es la siguiente.

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2. Estos créditos se distribuyen económicamente, entre los distintos entes y, expresados en euros, según el siguiente desglose:

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3. Los créditos aprobados en el apartado 1 del presente artículo, que ascienden a 9.327.755.271 euros, se financiarán, según el detalle por subconceptos incluido en el anexo 3 de la presente ley, con:

a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en 6.718.161.950 euros.

b) Las transferencias internas entre los distintos entes, que ascienden a 2.609.593.321 euros.

El desglose por entes y por capítulos económicos, expresado en euros, es el siguiente:

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Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2013 en vigor desde 01-01-2014