Articulo 2 Menorca Reserva de Biosfera
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»Artículo 2. Finalidad
Vigente
La ley tiene por finalidad consolidar, profundizar y hacer perdurar el modelo de ordenación, gestión y desarrollo sostenible y armónico de Menorca, proteger su patrimonio natural, paisajístico, histórico, lingüístico y cultural, material e inmaterial, y perseguir el bienestar y la prosperidad de la ciudadanía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023