Articulo 18 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales
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Artículo 18. Instrumentos de planificación.

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Las actuaciones de prevención de incendios en terrenos forestales se realizarán a través de los siguientes instrumentos:

a) Plan de Prevención de Incendios Forestales de Extremadura (Plan PREIFEX).

b) Planes de Defensa de las Zonas de Alto Riesgo de Incendios o de Protección Preferente.

c) Planes de Prevención de Incendios Forestales.

d) Planes Periurbanos de Prevención de Incendios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2004 en vigor desde 30-06-2004