Articulo 173 Función Pública de Andalucía
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»Artículo 173. Prescripción de las faltas y sanciones.
Vigente
La prescripción de las faltas y sanciones, el cómputo del plazo de prescripción y la interrupción de la prescripción se regirán por lo establecido en la normativa estatal de carácter básico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-06-2023 en vigor desde 14-12-2023