Articulo 173 Función Públ... Andalucía

Articulo 173 Función Pública de Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 173. Prescripción de las faltas y sanciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La prescripción de las faltas y sanciones, el cómputo del plazo de prescripción y la interrupción de la prescripción se regirán por lo establecido en la normativa estatal de carácter básico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-06-2023 en vigor desde 14-12-2023