Articulo 17 Marco para ga...damentales

Articulo 17 Marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales

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Artículo 17. Facilitar los acuerdos de compra

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1. La Comisión establecerá un sistema para facilitar la celebración de acuerdos de compra relacionados con proyectos estratégicos, de conformidad con las normas de competencia.

2. El sistema a que se refiere el apartado 1 permitirá a los potenciales compradores presentar ofertas indicando:

a) el volumen y la calidad de las materias primas estratégicas que se proponen adquirir;

b) el precio o la gama de precios previstos;

c) la duración prevista del acuerdo de compra.

3. El sistema a que se refiere el apartado 1 permitirá a los promotores de proyectos estratégicos presentar ofertas indicando:

a) el volumen y la calidad de las materias primas estratégicas para las que pretenden celebrar acuerdos de compra;

b) el precio previsto o la gama de precios a la que están dispuestos a vender;

c) la duración prevista del acuerdo de compra.

4. Sobre la base de las ofertas de compra y de venta recibidas en virtud de los apartados 2 y 3, la Comisión pondrá en contacto a los promotores de proyectos estratégicos con posibles compradores pertinentes para su proyecto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-05-2024 en vigor desde 23-05-2024