Articulo 17 Apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León
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Articulo 17 Apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León

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Artículo 17. Apoyo a la capacidad jurídica de las personas mayores de edad o emancipados con discapacidad.

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1. En el marco de la normativa civil, el apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad desde el sistema de servicios sociales de responsabilidad pública se realizará a través de la prestación de apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, que tendrá la consideración de prestación esencial del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.3 de esta norma.

2. La prestación de apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad implicará, en aquellos casos en los que exista una situación de especial vulnerabilidad que requiera de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, la facilitación de aquellas actuaciones, asistencias o acompañamientos que, dentro del respeto a la voluntad y preferencias de las personas con discapacidad, posibiliten a estas la toma de sus propias decisiones en el marco de su proyecto de vida.

3. La Administración de la Comunidad de Castilla y León promoverá la realización de la formación de los profesionales del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública sobre los mecanismos de apoyo a la capacidad jurídica y se potenciará la sensibilización hacia un sistema de apoyos extrajudicial civil, de conformidad con la legislación civil.