Articulo 17 Actividad turistica de restauracion y los establecimientos donde se desarrolla
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»Artículo 17.- Dispensas.
Vigente
(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Modificación realizada (17 (se suprime)) por DECRETO 41/2019, de 1 de abril, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla y el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo, aprobado por Decreto 226/2017, de 13 de noviembre.
(BOC de 15-04-2019) en vigor desde 16-04-2019 - Modificación realizada (17 (se modifica apdo. 1)) por DECRETO 70/2013, de 27 de junio, que modifica el Decreto 27/2012, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno.
(BOC de 08-07-2013) en vigor desde 09-07-2013 - Modificación realizada (17 (se modifican apdos. 1 y 2)) por DECRETO 29/2013, de 31 de enero, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla.
(BOC de 11-02-2013) en vigor desde 12-02-2013 - Artículo modificado por DECRETO 27/2012, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno.
(BOC de 17-04-2012) en vigor desde 18-04-2012