Articulo 16 Título de Téc...omatizados

Articulo 16 Título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

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Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

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1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-10-2010 en vigor desde 09-10-2010