Articulo 16 Reglamento de...ueológicas

Articulo 16 Reglamento de actuaciones arqueológicas

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Artículo 16. Reconocimiento de los servicios municipales de arqueología

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1. El reconocimiento de servicios municipales de arqueología se hará por resolución de la conselleria competente en materia de cultura, previa la tramitación del correspondiente expediente, a instancia de los organismos públicos interesados.

2. El contenido del citado expediente deberá constar como mínimo de la siguiente documentación:

a) Solicitud de reconocimiento, que será por acuerdo plenario.

b) Informe de la entidad local proponente sobre la naturaleza y entidad de las competencias y funciones.

c) Informe de la entidad local proponente, especificando el tipo de las instalaciones administrativas y de gestión de que dispone.

d) Certificación sobre el personal que hubiere adscrito al servicio municipal de arqueología, tanto técnico como administrativo y subalterno, especificando su titulación y la naturaleza de su relación laboral con dicho servicio.

e) Certificación de las consignaciones presupuestarias para el funcionamiento del servicio, especificando por separado, al menos, las partidas de gastos corrientes y de personal.

3. La resolución por la que se reconoce un servicio municipal de arqueología, a la vista de la documentación presentada, podrá particularizar las competencias y funciones encomendadas a estos Servicios.

4. Cuando así lo aconseje el aumento significativo del volumen o la calidad de las actividades realizadas por el servicio municipal de arqueología, la conselleria competente en materia de cultura, de oficio o a instancia de parte, promoverá un expediente para la adaptación del mismo a las nuevas circunstancias, en el que se evaluará su capacidad para el cumplimiento de sus competencias y funciones.

5. La conselleria competente en materia de cultura tendrá en consideración la existencia de estos servicios en los concursos de ayudas para protección, conservación, investigación y difusión del patrimonio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-10-2017 en vigor desde 26-01-2018