Articulo 16 Cuerpos y escalas de la Administración
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 16. Titulaciones de acceso al cuerpo administrativo.
Vigente
Para el acceso al cuerpo administrativo se exige el título de bachiller, el título de técnico/a superior en formación profesional específica en materia de administración o las acreditaciones equivalentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007