Articulo 15 Reglamento de... conductor

Articulo 15 Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos sin conductor

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Artículo 15. Comprobación de las condiciones de las autorizaciones.

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La realización del visado no será obstáculo para que la Administración pueda, en todo momento, comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos que conforme a lo previsto en esta Orden, condicionan la validez de las autorizaciones, recabando, a tal efecto, de la empresa titular la documentación acreditativa que estime pertinente.