Articulo 15 Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 15. Características generales.
Vigente
1. El Sistema de Asistencia e Incorporación Social del Drogodependiente se configura como una red asistencial de utilización pública diversificada que integra de forma coordinada centros y servicios generales, especializados, y específicos del Sistema Sanitario Público y del Sistema de Acción Social, complementados con recursos privados debidamente acreditados.
En ningún caso los recursos del Sistema de Asistencia e Incorporación Social del Drogodependiente formarán una red propia separada de las redes de asistencia generales.
2. El Gobierno de Cantabria establecerá reglamentariamente los requisitos y procedimientos para la autorización administrativa y acreditación de los centros y servicios de atención al drogodependiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-11-1997 en vigor desde 15-11-1997