Articulo 142 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 142 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca

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Artículo 142. Aplicabilidad del régimen de los actos de suspensión preparatorios a los catálogos de elementos y espacios protegidos

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Las previsiones que establecen los artículos anteriores también se aplicarán, en atención a la naturaleza de instrumentos de planeamiento urbanístico, con relación a la suspensión potestativa para la formación o reforma y la suspensión preceptiva por aprobación de los catálogos de elementos y espacios protegidos. Lo anterior, sin perjuicio de las medidas específicas de suspensión que deriven de los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural, de declaración de bienes del catálogo insular, o de delimitación de sus entornos de protección, que pueda adoptar el órgano competente del Consejo Insular de Mallorca, de acuerdo con las determinaciones de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015