Articulo 14 Residuos de Canarias

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Artículo 14. Uso energético.

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Para la utilización de los residuos como fuente de energía, podrán adoptarse las siguientes medidas:

a) La preparación de los residuos a fin de facilitar su uso y comercialización como combustible.

b) La promoción de las técnicas y los sistemas de aprovechamiento energético de los residuos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-02-1999 en vigor desde 05-05-1999