Articulo 136 Mercados de criptoactivos

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Artículo 136. Control del Tribunal de Justicia

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El Tribunal de Justicia gozará de competencia jurisdiccional plena para resolver los recursos interpuestos contra las decisiones por las cuales la ABE haya impuesto una multa, una multa coercitiva o una sanción administrativa o medida administrativa de conformidad con el presente Reglamento. Podrá anular, reducir o incrementar la multa o multa coercitiva impuesta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-06-2023 en vigor desde 29-06-2023