Articulo 134 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 134. Ordenanzas municipales de urbanización
Vigente
Las ordenanzas municipales de urbanización tienen como objeto regular los aspectos relativos a la proyección y la ejecución material de las obras y de los servicios de urbanización. Asimismo estas ordenanzas podrán complementar, en los aspectos que así lo requieran y sin que en ningún caso puedan contradecirlas, las determinaciones de la LOUS y de este Reglamento relativas a la entrega y mantenimiento de la urbanización. En todo caso, deberán ajustarse a la legislación sectorial que regula los servicios públicos respectivos y sus condiciones técnicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015