Articulo 132 Reglamento o... Seguridad

Articulo 132 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 132. Composición y funciones.

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1. La Comisión de la Función Pública Canaria es el órgano de consulta, coordinación y asesoramiento de la política de la función pública. Asimismo es órgano asesor de las entidades locales canarias en materia de función pública.

2. La Comisión de la Función Pública Canaria está integrada por:

a) La persona titular de la Consejería con competencias en materia de función pública, que desempeñará la Presidencia de la Comisión.

b) La persona titular de la Consejería con competencias en materia de gasto público, que ejercerá la Presidencia cuando no asista quien sea titular de la Consejería con competencias en materia de función pública.

c) La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de función pública.

d) Cinco personas en representación del Gobierno de Canarias, designadas por el mismo, una de los cuales será la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de organización administrativa.

e) Cinco personas representantes de las Centrales Sindicales representativas del sector en Canarias, designadas por las mismas.

f) La Secretaría la desempeñará la persona designada por la Presidencia de la Comisión, de entre el personal funcionario de carrera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

3. La pertenencia a la Comisión y la asistencia a sus reuniones por parte de las personas titulares de la Consejerías con competencias en materia de función pública y de gasto público podrá delegarse en la persona titular de una Viceconsejería de sus respectivos departamentos.

4. A efectos de la determinación de las personas representantes designadas por las Centrales Sindicales, se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos sexto y séptimo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

5. La Comisión ejerce las competencias previstas en el artículo 8.3 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021