Articulo 132 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 132. Memoria justificativa
Vigente
1. La memoria justificativa es el documento en el que se establecen las conclusiones de la información urbanística que condicionan o pueden condicionar la ordenación del territorio, y en el que se justifican el modelo elegido, los parámetros utilizados para la clasificación del suelo y el contenido de las determinaciones, tanto las generales como las concretas, correspondientes a las distintas clases y categorías de suelo.
2. El documento de la memoria justificativa se estructurará en las siguientes partes:
a) Parte I. Información.
b) Parte II. Justificación.
c) Parte III. Anexos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-11-2016 en vigor desde 09-12-2016