Articulo 13 ORDENde3deago...nAndalucia

Articulo 13 ORDENde3deagostode2007,porlaqueseestablecenlaintensidaddeprotecciondelosservicios,elregimendecompatibilidaddelasPrestacionesylaGestiondelasPrestacionesEconomicasdelSistemadeAutonomiayAtencionalaDependenciaenAndalucia.

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Artículo 13. Prestación económica vinculada al servicio.

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1. La prestación económica vinculada al servicio está destinada a contribuir a la financiación del coste de los servicios establecidos en el catálogo, únicamente cuando en el correspondiente ámbito territorial no sea posible la atención a través de los servicios públicos o concertados de la Red del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.

2. A los efectos establecidos en el apartado anterior, se considerará que no es posible la atención.

a) Servicio de Atención Residencial: Cuando no se disponga de plaza adecuada en los centros públicos o priva-dos concertados en el ámbito de la provincia en que resida la persona beneficiaria, si se trata de Centros residenciales para personas mayores en situación de dependencia, o, en elámbito autonómico, cuando se trate de Centros de Atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.

b) Servicios de Centro de Día y de Noche: Cuando no se disponga de plaza o de transporte adecuados para centros públicos o privados ubicados a una distancia máxima de cuarenta y cinco minutos con los medios habituales de locomoción desde el domicilio de la persona beneficiaria.

3. La inexistencia o insuficiencia del servicio de Ayuda a Domicilio se certificará por los Servicios Sociales Comunitarios del Municipio de residencia de la persona beneficiaria.

4. Tendrán derecho a esta prestación, las personas que reúnan las siguientes condiciones:

a) Reunir los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención a los que se vincula la prestación.

b) Ocupar o tener reservada plaza u obtener la prestación del servicio en centro o por entidad debidamente acreditados para la atención a la dependencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-08-2007 en vigor desde 17-08-2007