Articulo 13 Medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía
Artículo 13. Medidas sobre autoconsumo sin excedentes.
1. El autoconsumo sin excedentes a través de líneas directas e instalaciones próximas de red interior se regirá por lo establecido en la normativa básica estatal y en este Decreto-ley.
2. Para impulsar el consumo de cercanía mediante autoconsumo sin excedentes podrán conectarse instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables mediante líneas directas, en cualquier nivel de tensión, a la red interior de uno o varios consumidores para realizar esta modalidad de autoconsumo, individual o colectivo.
3. Cuando el autoconsumo sin excedentes sea colectivo en la red interior podrán establecerse sistemas de medida privados a los exclusivos efectos de determinar la energía consumida por cada consumidor de la instalación de producción próxima asociada. Dichos sistemas de medida se regirán, en cuanto resulte preciso atendiendo a su funcionalidad específica, por la misma normativa reglamentaria unificada, de metrología e instrucciones técnicas aplicables a los sistemas de medida del sistema eléctrico nacional.
4. Los titulares de las instalaciones de producción de electricidad a partir de fuentes renovables podrán incorporarse a comunidades o mancomunidades de energía que estructuren el autoconsumo colectivo mediante líneas directas conectadas a red interior conforme a lo establecido en este Decreto-ley.
- Modificación realizada (13 (apdos. 2, 3 y 4, se levanta la suspensión de su vigencia y aplicación)) por Pleno. Auto 37/2024, de 23 de abril de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 8042-2023. Levanta la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad 8042-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos del Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.
(BOE de 30-05-2024) en vigor desde 30-05-2024 - Artículo modificado por Recurso de inconstitucionalidad n.º 8042-2023, contra determinados preceptos del Decreto-ley 1/2023, de 20 marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.
(BOE de 07-02-2024) en vigor desde 07-02-2024