Articulo 13 Consejo del T... Terrestre

Articulo 13 Consejo del Transporte Terrestre

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Artículo 13. Número máximo de representantes con derecho a voto por subsector, ámbito personal y ámbito formativo.

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1. Dentro del subsector del transporte público de viajeros por carretera, la asignación del número máximo de representantes responde a la función social que representa la prestación del servicio, valorando su alcance universal al conjunto de la población, y la diversidad de necesidades de desplazamiento que pueden ser satisfechas. Su distribución, dentro de cada clase y modalidad, responde a los siguientes principios.

a) En el transporte de viajeros en autobús, el grado de vinculación con la gestión de servicios públicos de titularidad de la Administración.

b) En el transporte de viajeros en vehículos de turismo, el valor cuantitativo, en cada caso, de las empresas y vehículos dedicados a la actividad.

2. Dentro del subsector del transporte público de mercancías por carretera, la asignación del número máximo de representantes responde a la función social que representa la prestación del servicio, orientado al desplazamiento de los bienes, productos y materias necesarios para el desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma.

3. Dentro del subsector de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera, la asignación del número máximo de representantes responde a la función social que representa la prestación del servicio, orientado a facilitar y servir de complemento, apoyo y organización al ejercicio de la propia actividad de transporte público, sea de mercancías o de viajeros. Su distribución, dentro de cada clase, responde al principio del grado de vinculación con la gestión de servicios públicos de titularidad de la Administración. 4. Dentro del subsector de usuarios del transporte público, la asignación y distribución del número máximo de representantes responde a la necesidad de atribuir en el Consejo voz y voto a los ciudadanos y empresas que, en nombre propio, hacen posible, con la solicitud de los servicios en función de sus necesidades, el funcionamiento del sector del transporte en el conjunto de la economía.

5. De acuerdo con los principios fijados en los apartados anteriores, la asignación y distribución del número máximo de representantes entre los diferentes subsectores, y, en su caso, clases y modalidades, así como en los ámbitos personales o de formación, queda determinada como sigue:

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