Articulo 13 Aspectos de l... emergente

Articulo 13 Aspectos de la actividad sanitaria urgente y emergente

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Artículo 13. Exclusiones

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Quedan excluidos de la prestación sanitaria urgente y emergente regulada en este decreto:

a) La asistencia sanitaria no urgente o no emergente.

b) La asistencia sanitaria urgente o emergente de un extranjero comunitario europeo o británico con la tarjeta sanitaria europea o equivalente que no esté en vigor en el momento de la asistencia.

c) La asistencia sanitaria que esté cubierta por algún seguro privado, de viaje o por cualquier otro título por el que un tercero esté obligado a hacerse cargo.

d) La asistencia sanitaria realizada sin comunicación o autorización cuando una u otra sea preceptiva.