Articulo 129 Disposicione...iterráneo-

Articulo 129 Disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM -Comisión General de Pesca del Mediterráneo-

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Artículo 129. Supuestos incumplimientos notificados por la Secretaría de la CGPM

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1. Si la Comisión recibe de la Secretaría de la CGPM cualquier prueba que acredite la presunción de que un buque pesquero que enarbola el pabellón de un Estado miembro realiza actividades de pesca INDNR, transmitirá sin demora dicha información al Estado miembro de que se trate.

2. El Estado miembro en cuestión podrá presentar pruebas a la Comisión al menos cuarenta y cinco días antes de la reunión anual de la CGPM, como, por ejemplo, pruebas que demuestren que los buques incluidos en la lista no han pescado contraviniendo las medidas de conservación y gestión de la CGPM, o que podían faenar en la zona de aplicación de la CGPM. La Comisión transmitirá esta información a la Secretaría de la CGPM al menos treinta días antes de la reunión anual de la CGPM.