Articulo 126 Reglamento p...shabitadas

Articulo 126 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas

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Artículo 126. Concepto de infracción

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A los efectos de la presente disposición, son infracciones administrativas las acciones u omisiones que impliquen la falta de cumplimiento, en sus propios términos, de cualesquiera de las obligaciones, medidas o acuerdos adoptados en materia de función social de la vivienda, en los términos tipificados en la ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021