Articulo 124 Reforma del ...es Balears

Articulo 124 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears

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Artículo 124. Responsabilidad fiscal.

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1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears ejercerá las competencias que resultan de lo establecido en este Estatuto de acuerdo con los principios de generalidad, justicia, igualdad, equidad, progresividad y capacidad económica, en los términos que determina la Constitución y la ley orgánica prevista en el artículo 157. 3 de la Constitución.

2. En el ámbito financiero, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears actúa de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia y promueve la cohesión y el bienestar social, el progreso económico y la sostenibilidad medioambiental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007