Articulo 123 Reglamento p...shabitadas

Articulo 123 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas

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Artículo 123. Contenido de los planes

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En los planes de inspección se determinarán, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) Ámbito geográfico de la actuación, pudiendo dotar de preferencia a las Áreas de Necesidad de Vivienda (ANHA).

b) Tipología de las viviendas objeto de inspección.

c) Colectivos prioritarios.

c) Objeto material, contenido y finalidad de la inspección.

d) Duración temporal del plan, con indicación, en su caso, de las fechas de inicio y terminación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021