Articulo 12 Medidas urgen...e cercanía

Articulo 12 Medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía

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Artículo 12. Instalaciones próximas de producción a efectos de autoconsumo.

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1. Son instalaciones de producción próximas a las de consumo las definidas como tales en el apartado segundo del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en la letra g) del artículo 3 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, o normas que los sustituyan.

2. Es red interior la definida en la letra i) del artículo 3 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, o norma que la sustituya. Las redes interiores podrán establecerse en cualquier nivel de tensión a efectos de autoconsumo.

3. Productores y consumidores tienen derecho a construir y operar líneas directas que discurran íntegramente por la Comunidad Autónoma de Aragón conforme a lo establecido en la normativa europea, la básica estatal y este Decreto-ley y a establecer y operar redes interiores de cualquier nivel de tensión para establecer sistemas de autoconsumo.