Articulo 12 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria
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»Artículo 12. Finalidades.
Vigente
Las finalidades del consejo regulador son:
La representación, la defensa, y la garantía de la DOP o la IGP.
La promoción de las denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas y de sus características específicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006