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Articulo 12 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 12. Documentación

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El Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia contendrá, al menos, los siguientes documentos:

a) Una memoria descriptiva, en la cual se detalle:

1º. La justificación de la coherencia y la oportunidad para su formulación.

2º. El análisis y diagnóstico del área o sector de actividad sujeto a ordenación, referido al desarrollo de las determinaciones contenidas en el artículo anterior.

3º. La justificación de la ordenación y de sus alternativas, en su caso, definiendo objetivos y criterios para su posterior desarrollo.

4º. La justificación de la idoneidad de los emplazamientos elegidos para futuras actuaciones de desarrollo, en su caso.

5º. La definición de las características técnicas de las posibles actuaciones que desarrollen el plan.

6º. El estudio de la incidencia territorial del plan, especialmente sobre los núcleos de población, usos del suelo, infraestructuras, equipamientos y servicios, protecciones y afecciones urbanísticas y ambientales, con previsión de los medios adecuados de corrección o minimización de impactos.

7º. Los anexos en los que se detallen los estudios elaborados.

b) Una memoria urbanística que contenga un análisis de la relación del contenido del plan sectorial con el planeamiento urbanístico vigente, incluyendo las determinaciones relativas a los suelos cuya clasificación o calificación se contemplará en el plan con prevalencia a la contenida en el planeamiento urbanístico, en su caso, o los criterios orientadores para la posterior clasificación o calificación del suelo cuando se desarrolle a través de planes estructurantes de ordenación de suelo empresarial.

c) La justificación del acomodo del plan sectorial a los instrumentos de ordenación del territorio vigentes. A este efecto, se incluirá el análisis de compatibilidad estratégica, a fin de garantizar la coherencia de la planificación en cascada y la consideración de la prevención y minimización de los posibles efectos adversos que el plan pueda generar en el medio ambiente.

d) La documentación gráfica comprensiva de la diagnosis y la ordenación, a una escala adecuada para la correcta lectura y difusión de su contenido, que incluirá estudios y planos de información, así como planos de clasificación y calificación de los terrenos, obtenidos del planeamiento urbanístico vigente en las zonas afectadas, y los correspondientes a la nueva clasificación y calificación del suelo cuando corresponda.

e) El régimen normativo de aplicación.

f) En los casos en que el plan recoja la ordenación detallada, una memoria económica, con estimación de las acciones comprendidas en el mismo y el orden de prioridad para su ejecución, en su caso, así como un estudio de viabilidad económico-financiera de las actuaciones derivadas del plan.

g) La síntesis y las conclusiones del proceso de participación pública.

h) La documentación ambiental necesaria, conforme a la normativa vigente en la materia.

i) Un catálogo de suelo empresarial donde se recojan las actuaciones delimitadas por el plan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022