Articulo 119 Deporte de Andalucía

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Artículo 119. Sanciones.

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1. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 5.001 a 50.000 euros, pudiéndose imponer, además, alguna o algunas de entre las siguientes:

a) Suspensión de la actividad por un período de uno a cinco años.

b) Suspensión de la autorización administrativa por un período de uno a cinco años.

c) Revocación definitiva de la autorización.

d) Clausura de la instalación deportiva por un período de uno a cinco años.

e) Clausura definitiva de la instalación deportiva.

f) Prohibición de acceso a cualquier instalación deportiva por un período de uno a cinco años.

g) Inhabilitación para organizar actividades deportivas por un período de uno a cinco años.

h) Inhabilitación para ocupar cargo directivo por un período de uno a cinco años.

2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 601 a 5.000 euros, pudiéndose imponer, además, alguna o algunas de entre las siguientes:

a) Suspensión de la actividad hasta un máximo de un año.

b) Suspensión de la autorización administrativa por un máximo de un año.

c) Clausura de la instalación deportiva hasta un máximo de un año.

d) Prohibición de acceso a cualquier instalación deportiva por un máximo de un año.

e) Inhabilitación para organizar actividades deportivas por un máximo de un año.

f) Inhabilitación para ocupar cargo directivo por un máximo de un año.

3. Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 600 euros.

4. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, las resoluciones sancionadoras de infracciones muy graves o graves podrán acordar la revocación de las medidas de financiación de carácter deportivo otorgadas por la Junta de Andalucía a quienes resulten responsables de las mismas, el reintegro de lo percibido y la imposibilidad de obtener nuevas ayudas públicas de carácter deportivo por un período de entre uno y cinco años.

5. Para determinar la sanción o sanciones aplicables a cada infracción se observarán los criterios establecidos en el artículo 134 de la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-07-2016 en vigor desde 22-08-2016