Articulo 117 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria
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»Artículo 117. Promoción y difusión.
Vigente
La dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria publicará periódicamente el Inventario de productos de la tierra o sus actualizaciones con el fin de promocionar y dar a conocer a los consumidores estos productos agroalimentarios catalanes singulares, que representan el patrimonio agroalimentario de Cataluña.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006