Articulo 116 Desarrollo d...limentaria

Articulo 116 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria

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Artículo 116. Certificado.

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El departamento competente en materia de calidad agroalimentaria emitirá, a petición de los interesados, certificados conforme un producto agroalimentario está recogido en el Inventario de productos de la tierra. Este certificado no garantiza que este producto cumpla las normas de calidad y seguridad legalmente establecidas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006