Articulo 112 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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»Artículo 112. Control del principio de subsidiariedad.
Vigente
El Parlamento de las Illes Balears puede ser consultado por las Cortes Generales en el marco del proceso de control del principio de subsidiariedad establecido en el Derecho Comunitario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007