Articulo 112 Medidas 1997...den Social

Articulo 112 Medidas 1997 Fiscales, Administrativas y del Orden Social

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Artículo 112. Constitución y objeto del Fondo para Garantías de Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior.

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Uno. Se constituye el Fondo para Garantías de Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior. Este Fondo tiene por objeto la emisión, en los términos y condiciones establecidas en la correspondiente normativa de desarrollo, de garantías parciales y condicionales, ante las entidades financieras, en aquellas operaciones de crédito que estas últimas faciliten para proyectos de inversión en el exterior de empresas españolas.

Dos. Los avales y garantías emitidos con cargo al Fondo para Garantías de Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior cubrirán exclusivamente los riesgos comerciales inherentes a las operaciones de crédito objeto de aval o garantía, quedando los riesgos políticos fuera del ámbito de cobertura de los citados avales y garantías.

Tres. No podrán ser beneficiarias de avales o garantías emitidas con cargo al Fondo para Garantías de Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior las inversiones inmobiliarias, en el sector financiero, así como en aquellos sectores o países que, por motivos de política nacional, el Gobierno considere como excluidos.

Cuatro. Los avales y garantías emitidos con cargo al Fondo para Garantías de Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior no podrán superar un importe equivalente al cincuenta por ciento del principal del crédito o préstamo beneficiario de dicho aval o garantía. Excepcionalmente este porcentaje podrá elevarse, mediante en cada caso acuerdo del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Secretario de Estado de Comercio, de Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1997 en vigor desde 01-01-1998