Articulo 111 Reglamento p...shabitadas

Articulo 111 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas

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Artículo 111. Gestión de las viviendas incorporadas a la Bolsa Habita

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Las viviendas incorporadas a la Bolsa Habita de la Generalitat podrán ser gestionadas de manera conjunta por la conselleria competente en materia de vivienda y la entidad local en la que se ubique la vivienda y resida la persona o unidad de convivencia adjudicataria de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021