Articulo 11 TR del Régime...upuestario

Articulo 11 TR. del Régimen Económico y Presupuestario

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 11. Administración de los recursos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La administración de los recursos de la Hacienda del Principado corresponde a la Consejería competente en materia económica y presupuestaria o a los organismos autónomos, según su titularidad, con el control y fiscalización que las leyes establezcan.

2. Los actos de gestión de los derechos económicos, se ajustarán a las normas emanadas de la Consejería competente en materia económica y presupuestaria, sin perjuicio de la dependencia orgánica de las oficinas gestoras de tales recursos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-1998 en vigor desde 03-07-1998