Articulo 11 Ordenación y enseñanzas mínimas del Bachillerato
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»Artículo 11. Materias específicas de la modalidad de Ciencias y Tecnología.
Vigente
1. El alumnado que opte por la modalidad de Ciencias y Tecnología cursará, en primero, Matemáticas I, así como otras dos materias de modalidad que elegirá de entre las siguientes:
a) Biología, Geología y Ciencias Ambientales.
b) Dibujo Técnico I.
c) Física y Química.
d) Tecnología e Ingeniería I.
2. Igualmente, en segundo, el alumnado cursará a su elección Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, así como otras dos materias de modalidad que elegirá de entre las siguientes:
a) Biología.
b) Dibujo Técnico II.
c) Física.
d) Geología y Ciencias Ambientales.
e) Química.
f) Tecnología e Ingeniería II.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-04-2022 en vigor desde 07-04-2022