Articulo 108 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 108 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca

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Artículo 108. Determinaciones de los planes especiales urbanísticos

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1. Los planes especiales contienen las determinaciones que exigen los instrumentos de ordenación territorial o de planeamiento general correspondiente o, en su defecto, las propias de su naturaleza y finalidad, pudiendo establecer con este fin las determinaciones específicas que requiera su objeto en concreto y que se detallan en los artículos de la siguiente subsección.

2. En el supuesto de que el plan general o, en su caso, un plan parcial, contengan las determinaciones propias de un plan especial, no se precisa su formulación ni su tramitación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015