Articulo 104 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
Articulo 104 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 104. Competencias en materia de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
Vigente
En materia de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponde a la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios:
a) La elaboración y, en su caso, propuesta de las disposiciones generales para la organización y funcionamiento de los registros y oficinas de asistencia en materia de registro.
b) El impulso y coordinación de los registros de entrada y salida de documentos y de las oficinas de asistencia en materia de registro.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021