Articulo 104 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 104. Catálogo de elementos y espacios protegidos de los planes parciales
Vigente
Los planes parciales podrán contener un catálogo de elementos y espacios protegidos cuando el plan general lo exija expresamente para sectores determinados, por su gran extensión o complejidad, o en el supuesto de que el catálogo del plan general vigente no disponga de un grado de detalle suficiente respecto del nuevo sector.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015