Artículo 100 Turismo de Illes Balears

Artículo 100. Implantación y renovación del plan de circularidad

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Artículo 100. Implantación y renovación del plan de circularidad

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1. La empresa explotadora de cada alojamiento turístico elaborará un plan de circularidad, que será asumido por toda su estructura organizativa, comprenderá todos sus niveles jerárquicos y será conocido por todos sus trabajadores y trabajadoras.

2. El plan de circularidad tendrá una vigencia máxima de cinco años, por lo cual se tendrá que renovar periódicamente por los mismos periodos.

3. Para elaborar el primer plan de circularidad se llevará a cabo una evaluación circular inicial, teniendo en cuenta sus características particulares, especialmente en cuanto a la posibilidad de adoptar determinadas medidas en materia de circularidad, como la programación de instalaciones de energías renovables de manera preferente en cuanto al consumo de energía o de captación y utilización de aguas pluviales, entre otros.

Asimismo, con posterioridad, cada año se llevará a cabo una evaluación circular del plan de circularidad ya elaborado, del cual formará parte.

Tanto la primera como las siguientes evaluaciones, que también se documentarán en un informe y se conservarán para que estén a disposición de la inspección turística y de la representación legal de las personas trabajadoras, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que regula cada materia, se llevarán a cabo en base a las áreas prioritarias definidas en el artículo 98 de esta ley:

a) Área prioritaria de energía:

Huella de carbono anual por pernoctación, de conformidad con lo que pueda determinar la normativa específica.

Certificación de eficiencia energética del edificio.

Capacidad de autoabastecimiento de energía: expresada como porcentaje de la energía autogenerada/autoconsumida de fuentes renovables respecto al total de energía consumida al año en el establecimiento.

Potencia renovable instalada, expresada en KW.

Capacidad de almacenamiento, expresada en KWh.

b) Área prioritaria de agua:

Capacidad de autoabastecimiento de agua: expresada como el porcentaje que el volumen de agua autocaptada y/o depurada representa sobre el consumo total de agua en los establecimientos y las instalaciones del establecimiento.

Consumo anual de agua: cantidad total de agua consumida, expresada en litros, proveniente de la red pública.

c) Área prioritaria de materiales y residuos:

Reciclaje de residuos de obras, reformas y demoliciones: expresado como el porcentaje total de residuos de construcciones y demoliciones generados durante el último ejercicio, o, en su defecto, durante el último proyecto de obra.

Recogida selectiva de residuos: estimación anual del volumen de residuos por pernoctación recogidos selectivamente, correspondientes a la suma de las fracciones papel y cartón, vidrio y envases, entre otros.

d) Área prioritaria de alimentos:

Consumo de productos de kilómetro cero: expresado como porcentaje sobre el total de gasto en alimentos y bebidas del establecimiento.

Cesta de la compra que minimiza el uso de envases: porcentaje que los productos a granel y/o con envases reutilizables/biodegradables representan sobre el total de partidas de gasto de aprovisionamientos del establecimiento.

Adicionalmente, la planificación y la evaluación circular preverán:

Fracción de la inversión vinculada a buenas prácticas circulares hecha por el establecimiento: inversión hecha en infraestructuras y equipos, formación de trabajadores y equipos e integración tecnológica vinculada a la implementación de buenas prácticas circulares en el establecimiento. Expresado en porcentaje sobre la inversión total de los últimos tres ejercicios.

Periodo de apertura y actividad del alojamiento turístico.

Plantilla que ha recibido formación relacionada con circularidad: expresado como porcentaje de trabajadores que han recibido algún tipo de formación en circularidad en el último ejercicio.

Proveedores que operan con un código de conducta circular: porcentaje del total de proveedores que operan bajo prácticas circulares.

Breve recopilación de acciones hechas sobre el uso circular a los clientes: comunicaciones hechas a los clientes con recomendaciones o guías en materia de ahorro de energía, iluminación, climatización, ahorro de agua, servicio de bufés, separación de residuos en las habitaciones y recambio de toallas o sábanas, entre otras pautas.

Sin perjuicio de esto, la empresa puede incorporar los otros indicadores que estime oportunos en consideración a las características del alojamiento turístico, que se harán constar en la evaluación.

4. En el plan de circularidad se harán constar la metodología, la aplicación de diagnóstico, el marco estratégico o el procedimiento utilizado para hacer la evaluación circular.

5. Los métodos o criterios de evaluación, que estarán identificados en el plan, se pueden amparar en:

Normas UNE.

Normas nacionales.

Normas internacionales o guías técnicas publicadas por entidades de prestigio reconocido en materia de circularidad.

Certificaciones expedidas por entidades de prestigio reconocido en la materia u otros métodos o criterios profesionales descritos documentalmente que ofrezcan confianza sobre su resultado.

Marcos estratégicos y aplicaciones de autodiagnóstico reconocidas por el sector turístico y Gobierno de las Illes Balears.

6. De conformidad con los resultados de la evaluación, la empresa elaborará la planificación circular para un periodo no superior a cinco años, que comprenderá: las actividades, las inversiones, las acciones y los protocolos necesarios para conseguir los objetivos fijados en las líneas de acción incluidas en el plan de circularidad y su periodificación; los medios humanos y materiales necesarios; y la asignación de los recursos económicos necesarios para la consecución de los objetivos propuestos.

La empresa priorizará, en tanto sea posible, las acciones de circularidad en las áreas donde los indicadores clave muestren un peor rendimiento o una mayor ineficiencia circular.

7. La planificación circular se elaborará sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que pueda regular cada materia de las establecidas como indicadores de la evaluación.

8. La empresa explotadora se asegurará de la efectiva ejecución de las actividades, las acciones, los protocolos y los procedimientos estipulados en la planificación de circularidad, y efectuará para ello un seguimiento periódico, asegurando la asignación necesaria de recursos humanos y materiales para la consecución de los objetivos.

9. Para renovar en un plazo máximo de cinco años el plan de circularidad, la empresa se atenderá a las evaluaciones anuales llevadas a cabo, y especialmente a la del año en que elabore el plan.

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