Articulo 10 Organización administrativa para la gestión de la contratación
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Artículo 10. Composición de la Mesa de contratación en los concursos de proyectos.

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1. En los concursos de proyectos regulados en los artículos 168 al 172 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, la Mesa se constituirá en Jurado de los mismos, que estará integrado por los miembros especificados en el artículo 5.2 y hasta cinco vocales más, con voz y voto, designados por el órgano de contratación entre personas de notoria competencia en la materia objeto del concurso de proyectos.

2. De conformidad con el artículo 172 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, los miembros del Jurado serán personas físicas independientes de los participantes en el concurso. Cuando se exija a quienes participen en el concurso poseer una determinada cualificación o experiencia, al menos una tercera parte de los miembros del Jurado deberán estar en posesión de la misma u otra equivalente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2011 en vigor desde 15-04-2011