Articulo 10 Coordinación de Policías Locales de Madrid
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Artículo 10. Gestión directa

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Las competencias de las corporaciones locales en el mantenimiento de la seguridad pública serán ejercidas directamente por estas, no pudiéndose utilizar sistemas de gestión indirecta.

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  • Texto Original. Publicado el 12-03-2018 en vigor desde 01-04-2018