Articulo 10 Audiovisual
Artículo 10. Derecho a la alfabetización mediática e informacional con carácter pedagógico.
1. Se reconoce el derecho de las personas a la alfabetización mediática e informacional como instrumento para aumentar, entre otras, la capacidad crítica de la ciudadanía, herramienta de acceso equitativo a la información y al conocimiento, así como instrumento para contribuir al mantenimiento de medios de comunicación y sistemas de información libres, independientes y pluralistas.
2. La ciudadanía andaluza tiene derecho a adquirir los conocimientos necesarios que coadyuven tanto a la formación de juicios críticos, a través de contenidos veraces, fiables, comprensibles y bien documentados, como a la adquisición de habilidades para un consumo responsable y una generación creativa de contenidos audiovisuales.
3. A tal efecto, la Administración de la Junta de Andalucía elaborará, a través de las Consejerías competentes en materia de educación y cultura, las estrategias necesarias, incluyendo su incorporación en los contenidos curriculares de las distintas etapas educativas y en los medios de comunicación social de Andalucía.
4. Se tendrá especial consideración en este ámbito a las personas mayores de las zonas rurales.
- Texto Original. Publicado el 16-10-2018 en vigor desde 17-10-2018