Articulo 1 Requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Este real decreto tiene como objeto la protección de la salud de la población a través de la prevención y control de la legionelosis mediante la adopción de medidas sanitarias en aquellas instalaciones que utilicen agua en las que Legionella es capaz de proliferar, y diseminarse a través de aerosoles y la exposición de las personas a los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-06-2022 en vigor desde 02-01-2023