Articulo 1 Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos sin conductor
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»Artículo 1. Obligatoriedad de la autorización.
Vigente
De conformidad con lo establecido en el artículo 174.1 del Reglamento de la
La mencionada autorización se otorgará referida a la empresa arrendadora sin condicionar el volumen de actividad permitida ni los vehículos concretos con que la misma haya de llevarse a cabo.