Articulo 1 Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Esta orden tiene por objeto completar el desarrollo normativo sobre la clasificación y provisión de destinos de los guardias civiles, así como de la ocupación temporal de puestos de trabajo para el personal de la Guardia Civil.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-01-2021 en vigor desde 23-01-2021