Articulo 1 Medidas en materia de personal al servicio de la Administración
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»Artículo 1. Personal Auxiliar Administrativo. Asignación de un complemento transitorio de integración en el nivel/grupo C.
Vigente
Como inicio del proceso de integración del personal con puesto de trabajo o nombramiento de Auxiliar Administrativo, encuadrado en el nivel/grupo D, en el puesto de trabajo de Administrativo de nivel/grupo C, se asigna al personal con puesto de trabajo o nombramiento de Auxiliar Administrativo un complemento transitorio de integración cuantificado en un 7,91 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo D.