Articulo 1 Marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales
Artículo 1. Objeto y objetivos
1. El objetivo general del presente Reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante el establecimiento de un marco que garantice el acceso de la Unión a un suministro seguro, resiliente y sostenible de materias primas fundamentales, entre otras vías, mediante el fomento de la eficiencia y la circularidad a lo largo de toda la cadena de valor.
2. Para alcanzar el objetivo general mencionado en el apartado 1, el presente Reglamento establece medidas destinadas a:
a) reducir el riesgo de alteraciones del suministro relacionadas con materias primas fundamentales que puedan distorsionar la competencia y fragmentar el mercado interior, en particular identificando y apoyando proyectos estratégicos que contribuyan a reducir las dependencias y a diversificar las importaciones y emprendiendo esfuerzos para incentivar el progreso tecnológico y la eficiencia en el uso de los recursos con el fin de moderar el aumento previsto del consumo de materias primas fundamentales en la Unión;
b) mejorar la capacidad de la Unión para hacer un seguimiento y reducir el riesgo para el suministro relacionado con las materias primas fundamentales;
c) garantizar la libre circulación de las materias primas fundamentales y de los productos que las contengan introducidos en el mercado de la Unión, y garantizar al mismo tiempo un elevado nivel de protección del medio ambiente y la sostenibilidad, también mediante la mejora de su circularidad.
- Texto Original. Publicado el 03-05-2024 en vigor desde 23-05-2024