Articulo 1 establece el T...as mínimas

Articulo 1 establece el Título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel y enseñanzas mínimas

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Artículo 1. Objeto.

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1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación de los títulos de Técnico Superior en Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada, contenida en el Real Decreto 733/1994, de 22 de abril, Técnico Superior en Procesos de Ennoblecimiento Textil, contenida en el Real Decreto 735/1994, de 22 de abril, y Técnico Superior en Procesos Textiles de Tejeduría de Punto, contenida en el Real Decreto 734/1994, de 22 de abril.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011